Horarios de atención de comercios, supermercados, casas de electrodomésticos y corralones durante las fiestas

Los días 24 y 31 de diciembre, los comercios, centros comerciales y supermercados minoristas no prestarán servicio después de las 17 horas, mientras que los mayoristas cerrarán sus puertas a las 14; en tanto, los corralones y las casas de electrodomésticos atenderán hasta las 13, establecido por la Secretaría de Trabajo.

La Secretaría de Trabajo informa que los días 24 y 31 de diciembre, los comercios, centros comerciales y supermercados minoristas no prestarán servicio después de las 17 horas, mientras que los mayoristas cerrarán sus puertas a las 14 horas; en tanto, los corralones y las casas de electrodomésticos atenderán hasta las 13. Esto fue establecido en los acuerdos celebrados entre el Sindicato de Empleados de Comercio de Salta, la Cámara de Comercio e Industria de Salta, la Cámara de Corralones y Afines de Salta, y las distintas empresas.

El titular del organismo dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, Alfredo Batule, marcó la importancia de que las y los empleadores respeten los convenios en beneficio de las y los trabajadores, “para que todas y todos puedan regresar a sus hogares en un horario prudencial, y celebrar las fiestas junto a sus familias”.

Entre los acuerdos, se destaca la posibilidad de ampliación del horario laboral para las empresas de alimentos y los centros comerciales los días 22, 23, 29 y 30 de diciembre, el cual no deberá excederse de las 23 horas. Igualmente, se aplicará también el 23 y 30 de diciembre para las casas de electrodomésticos, que podrán prestar servicios hasta las 23 hs.

En todos los casos, de optar por la ampliación de horario, “las jornadas y horas suplementarias serán remuneradas conforme a la escala salarial y los descansos compensatorios que pudieran corresponder no deberán coincidir con días feriados”, explicó el funcionario.

El organismo provincial recuerda que las empleadoras y empleadores deben cumplir con la normativa laboral, legal y convencional vigente, y con todas las disposiciones adoptadas y/o a adoptarse por parte de las autoridades sanitarias nacional o provincial.

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